Certificación energetica de edificios existentes

En el año 2007 se aprobó el RD 47/2007 a 19 de enero, el cual era una transposición de la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del consejo. Este real decreto obligaba a los edificios de nueva construcción a realizar la certificación energética del edificio entero, donde se separaba en dos partes, la certificación energética del proyecto que es la que se esperaba obtener, y la certificación energética del edificio una vez construido.

La aplicación del RD 235/2013

Dado que este real decreto se aprobó en un año en el que la crisis económica entró de pleno en España, la cantidad de edificios acabados desde la fecha y como consecuencia la cantidad de certificados energéticos emitidos han sido muy pocos respecto a lo esperado.

Posteriormente, con la aprobación de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, en el año 2013 se derogó el RD 47/2007 que obligaba a certificar solo a los edificios de nueva construcción por el RD 235/2013, de 5 de abril. En este RD se transpuso parcialmente la Directiva europea.

Dicho Real Decreto obliga a obtener el certificado energético a toda vivienda o parte de edificio que quiera ser vendido o alquilado, con ciertas excepciones.

Con la aplicación de la obligación de realizar la certificación energética en edificios existentes, se ha conseguido activar lo que con el RD 47/2007 no se consiguió, que es el conocimiento del estado de las edificaciones en este país, y de momento los resultados no dejan duda. De media, las viviendas emiten 40kgCO2/m2. Este indicador es muy alto y da a conocer lo poco eficientes que son las construcciones en España.